domingo, 17 de enero de 2021

C.A.B.A.. EXENCIÓN INGRESOS BRUTOS PARA ACTIVIDADES GASTRONÓMICAS

 https://www.agip.gob.ar/campanas/exencion-ingresos-brutos-para-actividades-gastronomicas


La medida establece la exención del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, durante los meses de septiembre 2020 a febrero 2021, para los contribuyentes y/o responsables que ejerzan las siguientes actividades:


- Servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo 

- Servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo 

- Servicios de "fastfood" y locales de venta de comidas y bebidas al paso 

- Servicio de expendio de bebidas en bares 

- Servicio de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador n.c.p 

- Servicio de expendio de helados 

No hay comentarios:

Publicar un comentario