domingo, 20 de septiembre de 2015

Los Empleados en Relación de Dependencia y el Impuesto a las Ganancias

¿Quiénes están obligados a presentar declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y/o del Impuesto sobre los Bienes Personales?

Empleados

Acores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores

¿Cuándo?

Vencimiento de la Declaración Jurada
Las declaraciones juradas de los empleados en relación de dependencia podrán ser presentadas hasta el día 30 de junio, inclusive, del año siguiente a aquél al cual corresponde la información que se declara (por ejemplo las del Período Fiscal 2014, venció el 30 de junio de 2015). 

SIRADIG



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