viernes, 6 de enero de 2017

Monotributo. Reglamentación

http://www.afip.gov.ar/noticias/20170106Monotributo.asp
Fuente: AFIP


Categorías
La AFIP realizara de oficio la conversión de las categorías de los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado (RS) al día 31 de diciembre de 2016, a las nuevas categorías previstas en el Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias, modificado por la Ley N° 27.346. Por tal motivo, los contribuyentes serán reconvertidos a la categoría anterior.
A partir del 10/01/2017, las nuevas categorías se podrán consultar ingresando a la consulta de la Constancia de Inscripción/Opción -Monotributo, disponible en el sitio "web" de la AFIP.
No se efectuará conversión de oficio a las sociedades comprendidas en el Régimen Simplificado, excepto las que se encontraban encuadradas en las categorías I y L, como tampoco a sus integrantes.
Recategorización tercer cuatrimestre del 2016 podrá efectuarse hasta el día 31 de enero de 2017. No corresponderá hacerlo cuando el contribuyente deba permanecer en la categoria de oficio que haga la AFIP, esto es a la inmediata anterior a la que tenía.



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